Alfredo López, magistrado en Mar del Plata, dio lugar a una medida cautelar donde se solicitaba la suspensión de los efectos de la Ley 27.610. La decisión se tomó al considerarse que dicha norma viola una obligación del Estado argentino de proteger la vida a partir de la concepción.
El juez federal, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 4 de Mar del Plata, ordenó al Estado Nacional la abstención de la aplicación de esta ley, por entender que la misma viola una norma internacional sobre la protección integral de la vida.
La suspensión, planteada por el magistrado López, a la Ley de Interrupción voluntaria del Embarazo por su inconstitucionalidad. De esta forma se establecen medidas cautelares contra el Estado argentino para evitar la aplicación de la Ley Nº 26.854.
A esto se debe sumar, de parte del Juez federal, un reconocimiento hacia la Ley 26.061 y su legitimación para el inicio de cualquier acción judicial por su mero carácter de ciudadano de la república.